Documentación para colegiación

I.- OBJETO

El presente Reglamento tiene por objeto regular el régimen y procedimiento de precolegiación que el Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada pone a disposición de los/as estudiantes del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, con independencia del curso académico que estén cursando, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el mismo.

Tiene como finalidad acercar a los/as estudiantes al colectivo profesional en el que podrán integrarse al finalizar sus estudios, facilitando su conocimiento de la profesión y de la actividad colegial, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4.g) de los Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada, aprobados por Orden de 24 de febrero de 2012 (BOJA n.º 54, de 19 de marzo de 2012).

II.- FIGURA DEL PRECOLEGIADO

La precolegiación constituye una figura de carácter transitorio y previa a la colegiación.

Está dirigida a los/as estudiantes del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o titulación que lo sustituya que deseen vincularse al Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada antes de finalizar sus estudios.

III.- REQUISITOS

  1. 1.Ser estudiante del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o titulación que la sustituya.
  2. 2. Presentar la correspondiente solicitud de alta, acompañada de la documentación requerida.
  3. 3. No encontrarse incorporado/a como colegiado/a en este u otro Colegio Oficial de Graduados Sociales.

IV.- DOCUMENTACIÓN

1. Solicitud de alta Solicitud-de-inscripcion-precolegiacion.pdf
2.Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Identidad de Extranjero, pasaporte u otro documento oficial de identificación equivalente, en vigor.
3.Justificante de matrícula universitaria correspondiente al curso académico vigente o certificación expedida por la Secretaría de la Facultad o centro universitario correspondiente.
4.La solicitud de precolegiación será resuelta por la Junta de Gobierno, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos y la aportación de la documentación exigida. La resolución se comunicará a la persona interesada.

V.- DOCUMENTACIÓN

La precolegiación tendrá vigencia desde la fecha de su aceptación por la Junta de Gobierno y se mantendrá mientras la persona interesada conserve la condición de estudiante del Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o titulación que lo sustituya. A estos efectos, el Colegio podrá requerir la acreditación de dicha condición al inicio de cada curso académico. Una vez finalizados los estudios, la persona precolegiada podrá solicitar el mantenimiento de esta condición durante un período máximo de un año, siempre que no se haya incorporado al Colegio como colegiado/a.

VI.- DERECHOS

La participación requerirá inscripción previa y quedará sujeta a las siguientes condiciones:

  • – Actividades formativas organizadas por el Colegio:

– Actividades formativas y otras actividades en las que colabore el Colegio: podrán ofrecerse a los precolegiados en condiciones o precios reducidos cuando así se acuerde para cada actividad y se haga constar en su convocatoria.

– Actividades de la Escuela de Práctica Profesional: los/as precolegiados/as podrán optar, cuando se convoquen, a las becas que se establezcan para la realización del Curso de Iniciación a la Profesión y del Curso de Práctica Jurídica, de acuerdo con los requisitos de cada convocatoria.

La participación de los precolegiados podrá quedar limitada a un número determinado de plazas, que se fijará en función de cada actividad. Cuando exista limitación de plazas, estas se asignarán por orden de inscripción, salvo que la convocatoria establezca otro criterio.

En ningún caso la condición de precolegiado atribuirá derechos de sufragio activo o pasivo, ni facultará para el ejercicio de la profesión de Graduado Social o para realizar actuaciones reservadas a los colegiados habilitados para ello.

VII - OBLIGACIONES

1) Cumplir lo dispuesto en este Reglamento y los acuerdos que adopte la Junta de Gobierno del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada en relación con la precolegiación.

2) Hacer un uso adecuado y respetuoso de los bienes, servicios, actividades e instalaciones del Colegio a los que tenga acceso por su condición de precolegiado, de conformidad con las normas aplicables en cada caso.

3) Identificarse como precolegiado cuando le sea requerido para acceder a los beneficios, servicios o actividades asociados a dicha condición.

4) Comunicar al Colegio cualquier cambio que afecte al cumplimiento de los requisitos de precolegiación, especialmente la finalización o interrupción de los estudios, así como mantener actualizados sus datos de contacto.

VIII.- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE PRECOLEGIADO

La condición de precolegiado se perderá por cualquiera de las siguientes causas:

1) Cumplir lo dispuesto en este Reglamento y los acuerdos que adopte la Junta de Gobierno del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada en relación con la precolegiación.

2) Hacer un uso adecuado y respetuoso de los bienes, servicios, actividades e instalaciones del Colegio a los que tenga acceso por su condición de precolegiado, de conformidad con las normas aplicables en cada caso.

3) Identificarse como precolegiado cuando le sea requerido para acceder a los beneficios, servicios o actividades asociados a dicha condición.

4) Comunicar al Colegio cualquier cambio que afecte al cumplimiento de los requisitos de precolegiación, especialmente la finalización o interrupción de los estudios, así como mantener actualizados sus datos de contacto.

IX.- PROTECCIÓN DE DATOS

Los datos personales facilitados con motivo de la solicitud y mantenimiento de la precolegiación serán tratados por el Colegio de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos y con la información sobre privacidad que se facilite a la persona interesada en el momento de la solicitud.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. – La Junta de Gobierno podrá revisar periódicamente el contenido del presente Reglamento y proponer las modificaciones que considere necesarias, que deberán someterse a la aprobación del órgano colegial competente de conformidad con los Estatutos del Colegio.

Archivos Importantes

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Add New Playlist

Not enough quota to unlock this post
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?